DUIS

Barcelona, Su Mundial de los Enfermeros / as el 2017

Barcelona acogerá el 2017 el 26 º Congreso Internacional de Enfermería.

La decisión la ha tomado el Consejo Internacional de Enfermería (CIE), la máxima institución de representación mundial de los 12 millones de enfermeras que trabajan en todo el mundo, en el marco del Congreso de este año celebrado en la ciudad australiana de Melbourne.

La candidatura de Barcelona ha ganado en las de Dublín y Helsinki.

La capital catalana acogerá más de 15.000 enfermeras, que asistirán desde todo el mundo.

En estas citas cuatrienales la profesión debate y establece las principales bases de acción para garantizar el acceso a la salud y el avance profesional y científico de la enfermería.

Además, será la primera vez, en la historia del CIE, que se podrá asistir al Congreso de forma virtual.

Se cree que los congresistas virtuales harán doblar la asistencia de Profesionales en el Congreso.

Los medios de comunicación han hecho un amplio eco de esta noticia.

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Del Blog Avanves Enfermeros

Publicación: Jueves 20 de octubre de 2011

“El pasado 3 de octubre el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad enviaba a trámite de audiencia el real decreto por el que se regula la prescripción enfermera, desarrollando el artículo 77.1 de la ‘Ley del Medicamento’ (Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios)

¿Qué regulará el proyecto de Real Decreto de prescripción enfermera?

  • Las actuaciones de los enfermeros y enfermeras en materia de indicación, uso y autorización de dispensación —es decir, prescripción— de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.
  • La elaboración y validación de guías de práctica clínica y asistencial, y protocolos para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de los enfermeros y enfermeras.
  • El proceso de acreditación del enfermero o enfermera como requisito previo y necesario para el pleno desarrollo de sus actuaciones en este ámbito.

Los enfermeros y enfermeras en el ejercicio de su actividad profesional podrán prescribir:

  • Todos aquellos medicamentos de uso humano y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, así como autorizar su dispensación mediante la correspondiente orden de dispensación.
  • Los medicamentos sujetos a prescripción médica, mediante guías de práctica clínica y asistencial, y protocolos elaborados y validados por una comisión compuesta por los ministerios de Sanidad y Educación, las comunidades autónomas y las organizaciones colegiales de Enfermería y Medicina.”

Os añadimos el enlace a la Ley del Medicamento, «Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantias y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios».

El Real Decreto que se está tramitando, debe cambiar,tal como dice la publicación «Avances Enfermeros», Artículo 77.1, donde sólo permite prescribir medicamentos a Médicos y Odontólogos.

Ley 29/2006 sobre el uso de los medicamentos y productos sanitarios

 

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